Las personas aspirantes deberán abonar el importe correspondiente a la tasa por derecho de examen, que asciende a la cantidad de 41,62 €.


Bonificaciones y Exenciones

Las personas aspirantes que sean miembros de familias numerosas, tendrán una bonificación del 50 por 100 de la tasa. Estarán exentas de pagar la tasa exigida, las personas aspirantes que sean integrantes de familias numerosas clasificadas en la categoría especial y los que estén en situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o con una incapacidad reconocida igual o superior al 33%, previa acreditación de su situación mediante dictamen emitido por el organismo competente.


Para la cumplimentación del modelo 046, se tendrá en cuenta: 

-  El código territorial será el EC0001 Servicios Centrales de Educación, Cultura y Deportes.

-  La fecha de devengo será la de cumplimentación del modelo.

- El concepto será el 1254 “Tasa por la inscripción en las pruebas para la obtención de determinados títulos”.

- En el apartado “Descripción”, se hará referencia al título que se desea obtener mediante la participación en las pruebas. En este apartado se deberá indicar si le es aplicable alguna de las bonificaciones o exenciones indicadas en el primer punto de este apartado.