Actualizado el:25/03/2022
Todas aquellas personas que tengan una edad mínima de dieciocho años, cumplidos en el año en que comience el curso académico.
Las personas mayores de dieciséis y menores de dieciocho años, cumplidos en el año en que comience el curso académico, siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener un contrato laboral que impida la asistencia a los centros educativos en régimen ordinario.
- Ser deportista de alto nivel o de alto rendimiento.
- Situación en las que concurran circunstancias que les impidan acudir a centros educativos ordinarios y que estén debidamente acreditadas y reguladas.
- Personas que no hubieran estado escolarizadas en el sistema educativo español.