Los estudios universitarios de grado, licenciatura o diplomatura (a extinguir), y posgrado, cuyas prácticas en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos que se regulan son:
a) Maestro especialista (diplomatura), Maestro en Educación Infantil, Maestro en Educación Primaria, Logopedia, Educación Social, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Psicopedagogía y Trabajo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha.
b) Educación Social, Psicología, Pedagogía, Psicopedagogía y Trabajo Social de los Centros Asociados de la UNED de Castilla-La Mancha.
c) Maestro especialista (diplomatura), Maestro en Educación Infantil, Maestro en Educación Primaria, Psicopedagogía, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Documentación y Educación Social y Master en Comunicación Intercultural, Interpretación y Traducción en los Servicios Públicos de la Universidad de Alcalá.
Asimismo podrán incluirse otros estudios de titulaciones oficiales de las universidades relacionadas en los apartados anteriores, cuando así lo soliciten y sea autorizado por la Consejería.
Los estudios de otras universidades que impartan titulaciones oficiales, siempre que, previamente haya suscrito un Convenio entre la universidad correspondiente y la Consejería con competencias en materia de educación y exista disponibilidad de plazas. Las condiciones de realización de las prácticas serán reguladas por la presente Orden y por lo estipulado en dicho convenio.