Las enseñanzas modulares de Ciclos Formativos de Formación Profesional del sistema educativo permiten flexibilizar la oferta de las enseñanzas de Formación Profesional y atender a las necesidades de formación permanente de las personas adultas.

Esta oferta modular, permite a los ciudadanos una matrícula parcial en determinados ciclos formativos, pudiéndose acoger a alguna de las tres modalidades siguientes:

     a) Oferta de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior y Cursos de Especialización, que se imparten en Centros Integrados de Formación Profesional, Institutos de Educación Secundaria y centros educativos privados concertados, en los que se disponga de plazas vacantes.

     b) Oferta de módulos profesionales incluidos en títulos de ciclos formativos de Grado Básico y de Grado Medio, en Centros de Educación de Personas Adultas (en adelante CEPA).

     c) Oferta de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional concretada en acuerdos específicos de formación y recualificación de trabajadores entre un centro educativo y una entidad o empresa, pública o privada.


En la oferta de módulos profesionales incluidos en Títulos de Formación Profesional que se imparten en los centros educativos, los destinatarios serán todas las personas interesadas que tengan como mínimo 18 años cumplidos a 31 de diciembre de 2023. 

Los destinatarios y requisitos son:

1. Todos los solicitantes de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional deberán tener cumplidos como mínimo los 18 años de edad a fecha de 31 de diciembre de 2023, y además se establecen los siguientes requisitos para las diferentes enseñanzas.

     a) Para módulos profesionales de Ciclos de Grado Básico, no se establece ningún requisito adicional al señalado en el párrafo anterior relativo a la edad mínima.

     b) Para módulos profesionales de Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior las personas interesadas deberán reunir los requisitos de acceso previstos en el artículo 2 de la Orden 80/2017, de  25 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM Núm.85, de 3 de mayo de 2017).

     c) Para módulos profesionales de Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior vinculados a Unidades de Competencias las personas interesadas deberán reunir los requisitos de acceso previstos en el artículo 2 de la Orden 80/2017, de 25 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM Núm.85, de 3 de mayo de 2017) o tener experiencia laboral.

     d) Para módulos profesionales de Cursos de Especialización de Formación Profesional las personas interesadas deberán estar en posesión de la titulación de técnico o técnico superior, según lo establecido en la normativa vigente que regula cada Curso de Especialización.

2. En la oferta de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional concretada en acuerdos entre un centro educativo y una entidad o empresa pública o privada, los destinatarios serán los trabajadores de la empresa y los requisitos de los candidatos se ajustarán a lo dispuesto en el acuerdo específico entre el centro educativo y la entidad o empresa, correspondiendo, en cualquier caso, a la entidad o empresa fijar el número de alumnos que recibirán las enseñanzas específicas delimitadas en el acuerdo.


El plazo de presentación de solicitudes de admisión será:

Según la modalidad:

      * Modalidad a) y c); del 28 de septiembre al 6 de octubre de 2023, ambos inclusive.  

      * Modalidad b) desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 8 de septiembre de 2023, ambos inclusive.


Las solicitudes se podrán presentar:

     a) Preferentemente, mediante el envío telemático de datos, con firma electrónica, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva). Al optar por esta forma de presentación, la documentación a aportar será digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

     b) De forma presencial, en el Registro de las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes, así como por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


La acreditación del cumplimiento de los requisitos para participar en la presente convocatoria se efectuará en los siguientes términos:

     a) El requisito de edad mínima exigida se verificará de oficio por la Administración, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que la persona interesada haga constar en la casilla correspondiente de la solicitud su oposición expresa a dicha comprobación, en cuyo caso deberá aportar copia del Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación de Extranjeros, Pasaporte o tarjeta de residencia en vigor.

     b) Los solicitantes que posean los requisitos de acceso a los ciclos formativos tendrán que aportar copia del título o certificación académica con indicación de la nota media obtenida.

     c) Los solicitantes que aleguen experiencia profesional deberán aportar un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral a la que estuvieran afiliados, contrato de trabajo o certificado de empresa.

     d) Los solicitantes que aleguen haber participado y concluido un Proceso de Acreditación y Evaluación de Competencias Profesionales vinculado a la misma Familia Profesional que el Título objeto de admisión, deberán adjuntar certificación oficial del mismo.


Sorteo desempate:

 Una vez realizado el sorteo público para determinar las dos primeras letras del primer apellido a partir del cual se resolverá el desempate en las solicitudes de admisión a Enseñanzas Modulares de Formación Profesional en CLM, para el curso 2023-2024, el resultado ha sido: primera letra Z, segunda letra Q. Por tanto, el primer apellido será a partir de las letras "ZQ".


Resolución del procedimiento de admisión (Modalidad A).

* El día 9 de octubre de 2023 se publican en los tablones de anuncios de los centros, Institutos de Educación Secundaria y centros privados concertados, los listados de baremación y asignación provisional del alumnado a los puestos escolares vacantes. Contra la aplicación del baremo y la resolución provisional del proceso de admisión, el alumnado podrá presentar reclamaciones los días 10 y 11 de octubre de 2023.

* El día 13 de octubre de 2023 se realizará la adjudicación definitiva del alumnado a los puestos escolares vacantes, realizándose las matrículas desde el día 16 al 20 de octubre de 2023, en el propio centro educativo.

 Si finalizado el proceso de admisión y matrícula, quedaran puestos escolares vacantes, los centros podrán matricular a las personas interesadas que cumplan los requisitos establecidos en la resolución hasta transcurridos treinta días lectivos desde el comienzo de las clases de régimen ordinario.


Resolución del procedimiento de admisión (Modalidad B).

 * El día 18 de septiembre de 2023 se publican en los tablones de anuncios de los centros, Institutos de Educación Secundaria y centros privados concertados, los listados de baremación y asignación provisional del alumnado a los puestos escolares vacantes. Contra la aplicación del baremo y la resolución provisional del proceso de admisión, el alumnado podrá presentar reclamaciones desde el  19 al 22 de septiembre de 2023.

* El día 25 de septiembre de 2023 se realizará la adjudicación definitiva del alumnado a los puestos escolares vacantes, realizándose las matrículas desde el día 26 al 29 de septiembre de 2023, en el propio centro educativo.

Si finalizado el proceso de admisión y matrícula quedaran puestos escolares vacantes, el centro podrá matricular a los interesados que cumplan con los requisitos establecidos en la resolución, hasta transcurridos treinta días lectivos desde el comienzo de las clases.



Acceso a Sede Electrónica