El interesado deberá dirigirse al Centro docente donde finalizó los estudios conducentes a la obtención del título que solicita, donde le proporcionarán la información necesaria.


Los títulos oficiales son documentos públicos con validez en todo el territorio nacional, y por ello, no podrán ser objeto de modificaciones, alteraciones o enmiendas. Cualquier alteración derivada de eventuales modificaciones que afecten a su contenido (cambio de nombre, de nacionalidad, incorporación de nuevos datos, etc.) se deberá acreditar documentalmente mediante copia del documento judicial que contenga el auto del cambio y exigirá la expedición de un duplicado del título original.


No se expedirán duplicados por cambio de datos, por error material o deterioro de un título sin haber recibido previamente el título original o la parte del mismo que permita su identificación.


El procedimiento para la expedición del título duplicado se iniciará en el Centro donde el interesado hubiera tramitado la expedición del título original.


El interesado está exento del abono de la tasa de reexpedición del título si el error contenido en el mismo, su deterioro o extravío fueran por causas imputables a la Administración.